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NUEVA YORK._ Con el decreto 482-09 firmado ayer por el presidente Leonel Fernández en el que ordena la extradición a los Estados Unidos de “El Cuñado” (Bienvenido Ernesto Guevara / Maconi) del ex capitán del Ejército Nacional Quirino Ernesto Paulino Castillo, el mandatario da total cumplimiento a los artículos que dentro del Tratado de Extradición de 1909 rubricado entre ambas naciones, establece las condiciones de ciudadanos buscados por la justicia en los dos territorios.
Leonel, podría ser, acorde con los datos a mano, el primer presidente dominicano en aclarar a partir de ahora en sus decretos de extradición el que los dominicanos y dominicanas buscados por Estados Unidos y entregados a su jurisdicción por el país caribeño, no podrán ser condenados a sentencias mayores a 30 años de cárcel estipulada en el Código Procesal Penal dominicano, ni condenados a la pena de muerte.
El artículo V del Tratado de Extradición dispone que “Nadie podrá ser juzgado por delito distinto del que motivó su entrega”, una parte que Fernández también define en el decreto sobre la extradición de Maconi. El tratado que fue conocido por los congresos de Estados Unidos y la República Dominicana en 1908, fue firmado por el presidente Ramón Cáceres, el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores José María Cabral y Báez y el representante de Washington Fenton R. Mc Creerey en agosto de 1909 y desde entonces se mantiene en vigencia sin que ninguno de los dos países, haya propuesto una revisión o modificación del mismo.
El 8 de noviembre de ese mismo año los congresistas criollos aprobaron el tratado, modificándole el apartado 7mo. del artículo II, suprimiendo la letra (a) e incluyendo la palabra “internacional la coma y las palabras o por las leyes”.
Fue firmado el convenio el 11 de julio de 1909.
PRECEDENTES
Aunque todavía, no hay un solo precedente de ciudadanos estadounidenses que hayan al menos sido pedidos en extradición por algún gobierno dominicano, el artículo VIII del acuerdo, establece que “Ninguna de las partes contratantes aquí citadas estará obligada a entregar a sus propios ciudadanos o súbditos en virtud de las estipulaciones de este Convenio”.
En dos de los casos más controversiales juristas nacionales y algunos radicados en Nueva York denunciaron que en el decreto que ordenaba la extradición de Quirino, no se hicieron las aclaraciones de lugar, lo que llevó al Fiscal Federal del Distrito Sur Michael J. García con sede en Manhattan hasta a decir que había posibilidad de pedir hasta más de 50 años de cárcel e incluso la pena de muerte contra el principal implicado en el famoso expediente.
En otro caso de extradición, parientes del ingeniero Nelson Solano Guzmán denunciaron que los fiscales dominicanos habían “agregado” delitos que no existían en el expediente federal original para justificar su envío a Estados Unidos.
Está siendo juzgado en la Corte Federal del Distrito Sur de esta ciudad por supuestamente ser el líder de un grupo que traficaba heroína a Estados Unidos, Puerto Rico y algunos países de América Latina incluyendo Venezuela.
Autor: Miguel Cruz Tejada
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